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El pasado 30 de Mayo, de acuerdo a lo que marca el Estatuto vigente del CECEA, se convocó la Asamblea en que como todos los años se presentaron los Estados Contables de los Servicios del CECEA.

Se puede acceder a las Memorias presentadas en instancia, haciendo clik aqui.

   

Extracto del Estatuto del CECEA

COMISIÓN ADMINISTRACIÓN

- Artículo 47.- (Integración).- La forma de integración de la comisión será con:

  1. Un miembro de la Mesa, el cual será responsable y presidirá la  comisión.
  2. Un representante de los de los trabajadores de los servicios del CECEA que deberá ser electo por éstos, homologado por Grupo Soporte.

Podrá integrar la Comisión Administración un docente grado tres o superior, cuyo nombramiento será solicitado por la Mesa a los docentes.

- Artículo 48.- (Definición).- La Comisión Administración será la encargada de controlar que la coordinación general de los servicios se realice según los lineamientos generales que en materia de objetivos y estrategias hayan establecido los órganos pertinentes.

- Artículo 49.- Las designaciones se deberán hacer en un plazo no mayor a sesenta días desde la toma de posesión de las autoridades gremiales.

- Artículo 50.- (Cometidos).- Comete a esta Comisión:

  1. Proponer al Grupo Soporte las políticas y estrategias a seguir para el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas según este Estatuto.
  2. La comunicación de las políticas y estrategias a los Administradores que se podrán nombrar según este Estatuto.
  3. El contralor de los Administradores que se hayan contratado.
  4. Propondrá las bases de los llamados de personal y administradores, las cuales deberán ser aprobadas por la Mesa y el Grupo Soporte, asimismo ranqueará a los postulantes según los ponderadores prefijados en las bases, y elevará los informes correspondientes a la Mesa, la cual llamará a Grupo Soporte con la mayor difusión posible para el nombramiento de los mismos.
  5. Propondrá las remuneraciones de los funcionarios de los servicios.
  6. Controlar la contabilidad de cada uno de los servicios por separado y la contabilidad consolidada.
  7. Estudiará la concreción de distintos proyectos de inversión en servicios, elevando a la Mesa los informes correspondientes, los cuales serán puestos a consideración de un Grupo Soporte especialmente convocado.

- Artículo 51.- (Incompatibilidades).- Será incompatible:

  • Ser miembros de la Comisión Fiscal y miembro de la Mesa, o natos de la Comisión Electoral, o suplentes de los mismos, o funcionarios del Centro.
  • Ser miembro titulares o suplente de los órganos Consejo de Facultad, Consejo Federal, y/o  miembro titular de la Mesa.
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